Además, concedió el arresto a una persona con diabetes y múltiples afecciones de salud.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal se reunió virtualmente este viernes y decidió otorgar arrestos domiciliarios a una persona trans con HIV y a otra que padece diabetes y múltiples afecciones, con motivo de la pandemia del COVID-19.
El primero de los casos se trata de N. P. P., una paciente con HIV positivo e inmunosuprimida, quien había solicitado el arresto domiciliario ante el TOF Nº3, pero fue rechazado fundado en que no había ninguna persona con COVID-19 en la Unidad donde se alojaba y que la concesión del beneficio no garantizaba su impedimento de contagio.
En su caso, los Camaristas valoraron la extrema vulnerabilidad en la que se encuentra la mujer trans en la situación de encierro carcelario, agravada por la circunstancia de poseer HIV, lo que la posiciona como uno de los grupos de mayor riesgo respecto del avance de la pandemia.
Además, los magistrados consideraron la circunstancia de que N. P. P. se encontraba condenada a 4 años por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y con la mitad de la condena cumplida, por lo que continuar con su encierro llevaría a aplicar una pena cruel, inhumana y/o degradante.
En sus argumentos, el juez Slokar señaló –en tono fuertemente crítico- la postura del TOF N°3 ya que “especula con una pretendida simetría entre las medidas de higiene y aislación que pueden llevarse a cabo en el orden penitenciario con las del ámbito domiciliario, aserto ajeno a la realidad como falaz, habida cuenta que bajo ningún aspecto son equiparables”.
Asimismo, el magistrado entendió que “el argumento relativo a que aún no se ha constatado la presencia de la enfermedad en la institución carcelaria y que ello es potencial resulta definitivamente errado, en tanto la respuesta a ese respecto devendría tardía, a partir de la modalidad de transmisión masiva que caracteriza al virus COVID-19”.
Por otro lado, Slokar recordó las Acordadas 2/20 y 9/20 de esa Cámara y lo dispuesto por la Comisión Interamericana en su Resolución 1/20, donde recomienda la adopción de una perspectiva de Derechos Humanos para afrontar la pandemia, teniendo en cuenta a la población más vulnerable –las personas en situación de encierro y el colectivo LGTBI entre ellos-.
En el segundo caso, la misma Sala II hizo lugar al arresto domiciliario del señor Antonio Castillo, un varón que padece diabetes tipo I, es insulinodependiente, con presión arterial alta, insuficiencia renal y que está perdiendo la vista del ojo izquierdo.
Vale aclarar que el Servicio Penitenciario Federal había puesto el nombre de Castillo dentro de la nómina de personas con riesgo de salud ante el COVID-19.
En esta oportunidad, los Camaristas entendieron que existía un agravio relacionado con la salud del detenido que constituye una cuestión federal, ya que la atención interdisciplinaria que requería no podía proveerse en el penal, debido a las medidas de seguridad para prevenir el ingreso del virus al mismo.
Además, los camaristas entendieron que la decisión del TOF N°1 “no constituye una derivación razonada del derecho vigente en relación con las circunstancias comprobadas en la causa”, por lo que correspondía su revocación.