• Tuesday 26 de May del 2026
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La Corte Suprema implementó la firma digital para los actos del Poder Judicial de Nación

Además, habilitó las presentaciones electrónicas de demandas e interposición de recursos directos y queja ante los tribunales nacionales y federales.

En dos nuevas acordadas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación implementó la firma digital para los diferentes actos jurisdiccionales y administrativos del Máximo Tribunal y de los funcionarios y magistrados de los tribunales inferiores del Poder Judicial de Nación. En aquellos casos, no será necesario la utilización del soporte papel.

En primer lugar, la Corte señaló la línea de acción que en materia de tecnología ha llevado a cabo en los años recientes, a través de un proceso de digitalización del proceso judicial. El marco normativo se conforma por las Leyes N° 25.506 y N° 26.685, así como, el Código Civil y Comercial que prescriben la aplicación de la firma digital y la aplicación gradual del expediente electrónico.

Cabe aclarar, que en el marco de la emergencia por el Coronavirus y la medida de aislamiento obligatoria, la Corte había dispuesto que las presentaciones que se realicen en las causas sean completamente en formato digital, con firma electrónica, eximiendo la exigencia de su presentación en soporte material -punto dispositivo 11 de la Acordada N° 4/2020-.

Asimismo, por la Acordada N° 6, había habilitado la participación remota de personal judicial, y el trabajo a domicilio de magistrados, funcionarios y empleados, de la forma que disponga el titular de cada dependencia.

Ahora, mediante la Acordada N° 11, firmada ayer, estipuló la posibilidad de realizar, en esta situación excepcional, acuerdos de ministros a través de medios virtuales o de forma no presenciales. En consecuencia, esta serie de medidas posibilita el trabajo a distancia de los sujetos que conforman el proceso judicial, motivado por la situación de emergencia nacional por el COVID 19.

A su vez, en la segunda acordada del día, permitió los acuerdos por medios virtuales o remotos de los magistrados, cuando no fuera posible la celebración en forma presencial. También, habilitó la posibilidad de efectuar presentaciones de demandas, interposición de recursos directos y queja en cámara, por vía electrónica, con excepción del fuero penal. En ese sentido, la Corte aprobó un procedimiento en efecto, que entrará en vigencia a partir del 20 de abril.

El Máximo Tribunal encomendó a la Comisión Nacional de Gestión Judicial y a la Dirección de Sistemas del Tribunal la adopción de las acciones necesarias para implementar el desarrollo de los sistemas informáticos necesarios para la puesta en práctica de las disposiciones.

Accedé a las Acordadas N° 11 y 12.

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