• Tuesday 26 de May del 2026
logo
add image

La Corte Suprema declaró como días inhábiles del 16 al 31 de marzo sin obligación del personal de concurrir

En acuerdo de ministros, determinó adoptar dicha medida en virtud de la situación epidemiológica nacional. Repasamos las resoluciones del Máximo Tribunal y de otros organismos.

Los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se reunieron este mediodía para acordar qué disposición tomar acerca de la situación judicial nacional frente al brote de Coronavirus. En dicho encuentro, determinaron como días inhábiles del 16 al 31 de marzo del corriente año, sin obligación del personal de asistir, pero con una prestación mínima del servicio de justicia garantizada.

Luego, de distintas discrepancias deslumbradas en la reunión exprés del día de ayer, los magistrados confirmaron a través de la Acordada la disposición de la medida. Previamente, distintos organismos como el Colegio de Abogados de Capital Federal y las Juntas de Presidentes de Cámaras Nacionales y Federales de la República Argentina habían instado al Máximo Tribunal a tomar esa orden.

Asímismo, la disposición contempla la afectación inicial de 40 millones de pesos del Fondo Anticíclico del organismo judicial para afrontar las medidas que demande la emergencia sanitaria en el ámbito del Poder Judicial.

También, la Corte suspendió la atención al público, salvo para las actuaciones que requieran la presencia indispensable de los letrados. Cabe aclarar, que las partes podrán solicitar habilitación de días y horas inhábiles para los asuntos improrrogables. 

A su vez, en distintas provincias como Salta, La Rioja, Entre Ríos, Chaco y Tierra del  Fuego, sus tribunales superiores determinaron la feria judicial o la prestación mínima del servicio.

En el caso de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Resolución 386/2020, la Suprema Corte de Justicia dispuso asueto en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales, desde el 16 hasta el 31 de marzo del 2020. También, aclaró que la prestación del servicio será mínima para asuntos de urgente despacho o improrrogables. El Procurador General provincial adhirió a la medida, a través de la Resolución PG N° 13/2020.

Por otra parte, la Procuración General de la Nación, mediante la Resolución 19/2020, recomendó a los agentes que, desde el 16 al 31 de marzo, la prestación del servicio se límite a lo estrictamente necesario, con la facultad a disponer el trabajo en el domicilio. Agregó, el otorgamiento de licencia para los mayores de 60 años o que sean factor de riesgo.

También, la Cámara Federal de Casación Penal dispensó de concurrir a sus lugares de trabajo a las personas que integren grupos de riesgo y a los y las que se encuentren a cargo de menores escolarizados o personas con asistencia. En igual sentido, la Cámara Federal Porteña adoptó medidas de prevención frente al Coronavirus.

Accedé a la Acordada 4/2020.

footer
Top