• viernes 21 de marzo del 2025
logo
add image

La Justicia le concedió el arresto domiciliario a Amado Boudou

Así lo resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4. El juez a cargo consideró la preservación de su propia salud y la necesidad de acompañamiento a su grupo familiar frente a la emergencia sanitaria actual.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 le otorgó el arresto domiciliario a Amado Boudou. El juez Daniel Horacio Obligado  consideró que, además de la falta de firmeza de la pretendida condena contra el ex vicepresidente, la situación de emergencia sanitaria  por el virus COVID-19 torna necesario la presencia junto a su grupo social primario de referencia compuesto por su compañera y los dos pequeños hijos de ambos de apenas dos años cada uno, quienes se encontraban hasta ahora económicamente y emocionalmente sostenidos sólo por su madre. 

Además, se siguieron las recomendaciones  establecidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los cuales convocan a los Estados a evitar el hacinamiento en instituciones penitenciarias morigerando  el encierro. 

La solicitud de arresto domiciliario  fue primeramente interpuesta, en los términos del artículo 210 del Código Procesal Penal Federal, el día 19 de marzo por parte de sus defensores: Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, considerando el juez, con fecha 30 de marzo, la adopción de alguna medida de morigeración ordenando al Servicio Penitenciario Federal la confección de manera urgente de un amplio informe socio ambiental. 

Dicho informe fue elaborado  por la Unidad 31 de Ezeiza, en el cual se reiteraban los argumentos vertidos oportunamente por la defensa entendiendo que el domicilio propuesto, ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resultaba viable para el otorgamiento. 

Boudou, fue detenido y puesto a disposición del Tribunal con fecha 7 de agosto de 2018, y obtuvo excarcelación el 12 de diciembre de ese mismo año. Sin embargo, tal disposición fue recurrida ante la Cámara Federal de Casación Penal por lo cual ingresó nuevamente  en la unidad penitenciaria. Ahora, en su domicilio, quedará bajo el "Programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica".

 

 

Accedé al fallo

 

 

footer
Top