Ello en cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinente y en el plazo de quince días máximo.
La demanda no cuestiona la restricciones para el ingreso al país establecidas por el Poder Ejecutivo nacional, sino la incertidumbre generada por la cancelación de vuelos por la empresa. La decisión judicial obliga a la empresa a reprogramar el vuelo y brindar toda la información indispensable que permita a los viajeros conocer de manera cierta y concreta sobre su regreso.
Se trata de tres personas que se encontraban en el extranjero y que ya pudieron regresar al país.
Una decisión de la Justicia Federal de Mendoza.
La Cámara Nacional de Casación entendió que la decisión fue una "intromisión injustificada de un órgano judicial en las incumbencias de otro poder del Estados".