Lo hizo su Presidente, Daniel Fernando Soria, en virtud del decreto dictado por el Ejecutivo Nacional que mantiene la situación de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
La medida refuerza la obligación de la estricta observancia de los protocolos y organización del trabajo, ordenando priorizar la utilización de las herramientas tecnológicas y la concurrencia del personal indispensable.
Así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que faculta a cada órgano jurisdiccional a disponer la interrupción o suspensión de plazos según las circunstancias del caso.
Si bien con ciertas excepciones, la Suprema Corte de Justicia dispuso el retorno pleno del personal a prestar servicios de forma presencial.
Así lo decidió el Juzgado Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, a cargo de la jueza María Ventura Martínez. Se trata de un caso de responsabilidad estatal por un defectuoso servicio de justicia.
Así lo resolvió el juez federal Martín Cormick en el marco de una acción promovida contra el Consejo de la Magistratura. El magistrado analizó la prueba y consideró que en la actualidad existen proyectos destinados a incorporar estas herramientas.