Consideró que la Inspección General de Justicia se excedió en sus potestades.
Una decisión de la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal.
La justicia federal consideró que la medida era irrazonable y contraria al régimen legal, al no distinguir las personalidades jurídicas diferenciadas de una sociedad anónima y de sus socios accionistas.
La medida cautelar fue dispuesta por el Juzgado Federal de Mercedes, luego de que la Liga de Fútbol de Salto solicitara la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023 que habilitan la transformación de asociaciones civiles en sociedades anónimas.
Fue resuelto el pasado viernes por el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo n°12, quien consideró al planteo improcedente por falta de caso judicial.
Así lo decidió el juez federal Santiago Carrillo. En la acción cuestionaban la derogación de la Ley de Sociedades del Estado y la transformación de Télam y de Radio y Televisión Argentina en sociedades anónimas.
Será para analizar y proponer los proyectos de reforma de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 y de la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor Nº 27.349. Su foco estará puesto en la parte de “Sociedad por Acciones Simplificadas” (SAS).
La decisión judicial consideró que tres socios no pueden representar a toda la institución de Núñez.
La FATPREN accionó por la derogación de la ley de sociedades del Estado y la transformación de Télam, y Radio y Televisión Argentina en sociedades anónimas. La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el amparo por falta de legitimación.
En el marco del rechazo de una cautelar por declaraciones vertidas por Daniel Scioli, la Justicia remarcó la suspensión de la posibilidad de conformar sociedades anónimas deportivas.
Lo decidió el Juzgado Federal de Mercedes respecto a las disposiciones que prohibían a la AFA rechazar afiliaciones de S.A.D. y que brindaba un plazo de un año a los clubes para incorporarlas como una posibilidad en sus estatutos.
Fue en el marco de una acción iniciada por trabajadores que cuestionaban la potencial transformación de la entidad bancaria.
El juez federal Alejo Ramos Padilla consideró que el Poder Ejecutivo se habría excedido en los límites que el Congreso le dio al realizar la delegación de facultades en la Ley Bases.
La Cámara Federal de La Plata consideró que la delegación contenida en la Ley Bases no habilitó al Poder Ejecutivo a transformar la entidad bancaria.