Una decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, al rechazar la apelación interpuesta por la actora.
Será por 180 días. Es a causa del déficit de precipitaciones en las cuencas del río Paraná, del río Paraguay y del río Iguazú, considerada la bajante más importante de los últimos 75 años.
Así lo entendió la justicia federal paranaense al considerar que las pruebas colectadas con posterioridad resultaron insuficientes para acreditar la validez de la requisa personal y vehicular sobre las personas denunciadas.
Con adhesión al dictamen del Procurador, la Corte reforzó el precedente "Casal" y consideró arbitraria una sentencia que analizó de modo escueto los agravios referidos a la interpretación de la prueba pericial en un caso de suma complejidad.
El juez Daniel Edgardo Alonso decretó una medida precautelar a pedido de un diputado nacional por Entre Ríos.
Sostuvo que el titular del Juzgado Federal n° 2 de Paraná desconoció la autoridad e investidura de la Corte Suprema de Justicia.
Lo decidió el juez Viri en el marco de un amparo ambiental. La prohibición abarca al tramo correspondiente a Entre Ríos.
Lo decidió la Justicia Federal de Paraná en el marco de un proceso colectivo contra OSDE.
Lo hizo el Gobierno este lunes mediante el DNU N°3/2025. Además, se decidió la disolución de tres fondos fiduciarios entre los que se cuenta el de Vivienda Social y el de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar.
La decisión consideró que el Poder Ejecutivo no estaba habilitado a emitir esa norma excepcional y cambiar una legislación que lleva más de una década rigiendo en el país.
La sentencia consideró que el Poder Ejecutivo no estaba habilitado a emitir esa norma excepcional y modificar la legislación establecida por el Congreso Nacional.
En el caso “Álvarez”, el tribunal, por mayoría, habilitó la revisión de un veredicto absolutorio en un juicio por abuso sexual infantil. Ratificó la decisión del juez técnico que había declarado inaplicable el artículo 89 de la Ley de Juicio por Jurados de Entre Ríos