Así lo efectuó el gobierno nacional mediante el DNU 585/2026.
El Poder Ejecutivo Nacional decidió prorrogar la emergencia del sector energético nacional hasta el 31 de diciembre de 2027; esto incluye segmentos de transporte, generación, y distribución de energía eléctrica con jurisdicción federal. La medida fue registrada este lunes en el Boletín Oficial mediante el DNU 585/2026.
Desde diciembre de 2023 se encuentra en estado de emergencia este sector, determinado por la actual gestión libertaria a través del decreto 55/2023 y prorrogado por los decretos 1023/2024 y 370/2025. El DNU 585/2026 lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de gabinete, Diego Santilli, y de todo el gabinete: Pablo Quirno Magrane, Carlos Alberto Presti, Luis Andres Caputo, Juan Bautista Mahiques, Alejandra Susana Monteoliva, Mario Iván Lugones, Sandra Pettovello y Federico Adolfo Sturzenegger.
Resulta importante recordar que actualmente estamos en el período de transición de 24 meses, a vencer en julio del 2027, para adecuar las reglamentaciones y la normativa complementaria de acuerdo a la reforma hecha por el decreto 450/2025 al Marco Regulatorio Eléctrico. Según informaron, “resulta necesario que la referida Subsecretaría de Energía Eléctrica de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, mantenga las facultades otorgadas en el marco de la emergencia consagrada por el Decreto N° 55/23, para así contar con las herramientas normativas” que hagan falta para continuar la gestión.
Entre los argumentos brindados por el gobierno en los considerandos del decreto, afirmaron que uno de los objetivos para la política nacional de abastecimiento, transporte y distribución de electricidad es “adoptar los recaudos que sean necesarios para alcanzar la autosuficiencia económico-financiera del sistema eléctrico argentino”.
El Estado Nacional debe cumplir con lo estipulado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su fallo caratulado “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/ amparo colectivo” (Fallos 339:1077),
donde se exhortó al Estado a “velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social de los usuarios afectados por las decisiones tarifarias, con especial atención a los sectores más vulnerables y evitando el perjuicio social derivado de la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales, como consecuencia de una tarifa que de traiga de manera irrazonable una proporción excesiva de los ingresos del grupo familiar a considerar”.
Para finalizar, el gobierno aclaró que la prórroga impulsada no sólo es una extensión temporal del régimen vigente, sino que es necesaria para evitar “una discontinuidad normativa, operativa, contractual y financiera”, en un proceso actualmente en ejecución.
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