La acción fue iniciada por el diputado Agustín Rossi y busca detener preventivamente la utilización de información sensible hasta que el Gobierno brinde explicaciones claras sobre el sistema. Cuestiona que el Programa implementa Inteligencia Artificial para analizar datos de los ciudadanos y, a partir de ello, diseñar políticas públicas.
El diputado nacional Agustín Rossi presentó una acción de hábeas data colectivo ante la Justicia Federal contra el Estado Nacional, Ministerio de Capital Humano, ante la iniciativa del proyecto denominado “Gemelo Digital Social”, impulsado por el Gobierno, con el objetivo de exigir precisiones sobre el uso y tratamiento de datos personales de la población argentina.
La presentación quedó radicada en el Juzgado Federal Nº 2 de Rosario, Secretaría B, a cargo de la jueza Natalia Analía Martínez, y busca que el Ministerio de Capital Humano informe el marco legal de la iniciativa, qué tipo de datos serán utilizados, qué organismos públicos y empresas participan del desarrollo del sistema y cuáles son los mecanismos de control previstos. Además, solicita una medida cautelar innovativa con el fin de suspender la utilización de información sensible hasta que el Gobierno nacional brinde explicaciones claras sobre el proyecto.
Según se desprende de la presentación, la iniciativa se impulsó a raíz del anunció por parte del Ministerio de Capital Humano a cargo de la ministra Sandra Pettovello, quien difundió a través de su cuenta oficial en X un video en el que anunció que comenzará a implementar Inteligencia Artificial (IA) con el objetivo de analizar datos los ciudadanos y, a partir de ello, diseñar políticas públicas.
Según los pasajes del video institucional citados en la demanda, el sistema pretende “integrar masivamente datos personales provenientes de múltiples organismos públicos para finalidades completamente distintas a aquellas que motivaron originalmente su obtención, incluyendo -de acuerdo con los propios términos del anuncio- procesos de inteligencia artificial orientados a la toma automatizada de decisiones públicas”.
Sin embargo, en el planteo judicial, Rossi alerta que las expresiones oficiales evidencian la puesta en marcha de un procesamiento masivo de datos personales en poder del Estado —e incluso la potencial participación de empresas tecnológicas extranjeras— cuyos alcances, regulaciones y auditorías humanas son completamente desconocidos para la ciudadanía. En ese sentido, sostiene que el sistema "Gemelo Digital Social" resulta incompatible con los principios estructurales del régimen argentino de protección de datos personales.
Entre los principales puntos de cuestionamiento, se destaca la violación al principio de finalidad (artículo 4° de la Ley 25.326), dado que los ciudadanos entregan sus datos a agencias estatales para fines específicos (previsionales, tributarios, sanitarios o laborales) y no para que el Estado los unifique y reutilice de forma automatizada en procesos de toma de decisiones públicas. En ese sentido, respecto de la propiedad de la información, señaló: “Los datos personales están protegidos por una ley y son propiedad de cada uno de nosotros que uno los entrega al Estado para un trámite particular. El individuo autorizó a utilizarlo solamente para ese fin, no para que sea utilizado para otros fines”.
Como segundo eje, se denuncia la falta absoluta de un consentimiento libre, expreso e informado por parte de los titulares de los datos, la ausencia de información pública sobre los límites del tratamiento y el altísimo riesgo de que el sistema involucre datos sensibles (como salud, discapacidad o situación socioeconómica), incrementando exponencialmente los peligros de estigmatización y perfilamiento social.
Por otra parte, al no existir norma jurídica suficiente que habilite expresamente este nivel de interconexión masiva de bases de datos, la demanda califica al proyecto como una "vía de hecho manifiestamente ilegítima, arbitraria e inconstitucional" que atenta contra el principio republicano de legalidad y con las exigencias que rigen toda actividad estatal susceptible de afectar derechos fundamentales.
Asimismo, otro eje central de la presentación judicial, radica en la aplicación de la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Torres Abad, Carmen c/ Estado Nacional – Jefatura de Gabinete de Ministros s/ Hábeas Data”. En ese caso, el Máximo Tribunal del país declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 25.326 (Ley de Protección de Datos Personales), que pretendían avalar el intercambio o la cesión de datos entre organismos públicos sin consentimiento de los titulares (en aquel caso, un convenio para transferir datos de ANSES a la Secretaría de Comunicación Pública). Así, la Corte ratificó que el consentimiento informado y el control efectivo de la información por parte de los afectados poseen rango constitucional derivado de los artículos 19 y 43 de la Ley Fundamental.
Al respecto, el diputado argumentó que los estándares de "Torres Abad" son plenamente trasladables al caso, pero con una gravedad institucional aún mayor, dado que el programa de Capital Humano “…no se limita a un intercambio acotado de información entre organismos estatales, sino que habilitaría la construcción de integración masiva, con Inteligencia Artificial, de datos personales de millones de ciudadanos con finalidades múltiples, difusas y no determinadas”.
Finalmente, Rossi explicó que esta medida judicial se suma a pedidos de informes previos en el Congreso y solicitudes de acceso a la información que aún no han sido respondidas.
¿Te resultó útil lo que acabás de leer? Podés apoyarnos para que continuemos en esta tarea. Contribuí con tu suscripción para que nuestro contenido siga siendo abierto y podamos brindarte un servicio cada día mejor. Suscribirse.