• Thursday 28 de May del 2026
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La Justicia ordenó pagar una indemnización por la muerte de una joven tras recibir la vacuna Sputnik V

El tribunal vinculó el deceso con un efecto adverso de la inoculación y aplicó el estándar de “preponderancia de la evidencia” que exige la ley 27.573, destinada a este tipo de casos.

La Cámara Federal de Córdoba –Sala A– hizo lugar al recurso directo interpuesto por María Virginia Ruiz y ordenó al Ministerio de Salud de la Nación que complete en el plazo de 30 días el trámite indemnizatorio previsto en la ley 27.573 por el fallecimiento de su hija, ocurrido luego de aplicarse la primera dosis de la vacuna Sputnik V contra el COVID-19.

El caso se originó cuando la actora reclamó ante la Comisión Médica N° 5 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) la indemnización prevista en el artículo 8 quater de la ley 27.573 –modificada por el DNU 431/2021–, al considerar que existía relación causal directa entre la vacunación del 15 de julio de 2021 y el deceso de su hija el 29 de julio de 2021. Acompañó historia clínica, estudios de anticuerpos IgG anti-factor plaquetario 4 positivos e informes médicos que vinculaban el cuadro de trombosis con trombocitopenia (VITT) con la vacuna.

La Gerencia de Administración de Comisiones Médicas de la SRT rechazó el reclamo con sustento en el dictamen de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa) que, en agosto de 2021, había clasificado el evento como “INDETERMINADO B1” según las recomendaciones de la OMS. La Subgerencia Médica sostuvo que no se había establecido un nexo causal.

Al intervenir, la Cámara Federal resolvió en primer lugar que la defensa de falta de agotamiento de la vía administrativa planteada por el Ministerio de Salud y la SRT resultaba inadmisible. El tribunal recordó que ya había declarado la procedencia formal del recurso directo el 30 de abril de 2024, con fundamento en el artículo 8 sexies de la ley 27.573 y en la Resolución Conjunta N° 7/2022, que establecen que los actos de las comisiones médicas son recurribles directamente ante la Cámara Federal de Apelaciones.

En el análisis de fondo, el tribunal enfatizó que el estándar legal aplicable no es la certeza absoluta sino la “preponderancia de la evidencia” (artículo 8 ter de la ley 27.573). Sobre esa base, valoró un conjunto probatorio que incluía informes de tres especialistas –entre ellos una doctora en farmacoepidemiología– que coincidieron en diagnosticar un síndrome de trombosis con trombocitopenia inducido por la vacuna (VITT), con anticuerpos anti PF4 positivos y ausencia de exposición previa a heparina.

Un elemento central del fallo fue la reclasificación del evento por la propia CoNaSeVa el 7 de mayo de 2024. El órgano técnico, a raíz de nueva evidencia científica, determinó reclasificar como “RELACIONADO A1” los casos de síndrome de trombosis con trombocitopenia asociados a vacunas Sputnik V y AstraZeneca que antes habían sido clasificados como indeterminados. El tribunal subrayó que el propio dictamen administrativo original había previsto la posibilidad de revisión dinámica conforme a la evolución del conocimiento científico.

La sentencia también rechazó la postura del Ministerio de Salud, que había informado a la actora que “existiendo un reclamo judicial, no procede dar continuidad al reclamo administrativo”. Para el tribunal, esa interpretación “torna ilusoria la tutela judicial efectiva” y desnaturaliza el régimen, ya que la interposición del recurso directo no extingue el deber estatal de concluir el trámite indemnizatorio una vez reconocida la causalidad.

Finalmente, el tribunal revocó el acto administrativo impugnado y ordenó al Ministerio de Salud que en 30 días culmine las etapas pendientes previstas en los puntos 5 y 6 del anexo de la Resolución Conjunta 7/2022, a los fines del pago de la indemnización correspondiente. Impuso las costas a la demandada vencida y reguló los honorarios del apoderado de la actora en 20 UMA más el 40% por el doble carácter profesional.

 


Accedé a la sentencia

FCB 22025/2023, RUIZ, MARIA VIRGINIA c/ SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO - GERENCIA DE ADMINISTRACION DE COMISIONES MEDICAS Y OTRO s/RECURSO DIRECTO LEY 27573, 29/04/2026.


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