La presentación fue realizada por el abogado Andrés Gil Domínguez debido a que las transformaciones alterarían su fisonomía que cuenta con declaración de Monumento Histórico Nacional.
Ante la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se presentó una acción de amparo colectiva con el objetivo de suspender un proyecto de reforma del Estadio Luna Park, en tanto y según denunciaron, las obras autorizadas por el Gobierno porteño violan la protección patrimonial que posee el emblemático edificio.
La demanda, promovida por Andrés Gil Domínguez, cuestionó la Disposición 1283/DGIUR/25, mediante la cual se consideró factible desde el punto de vista patrimonial un conjunto de obras que, según el actor, alteran de manera irreversible la estructura, volumen y fisonomía del Luna Park, catalogado con Nivel de Protección Estructural y declarado Monumento Histórico Nacional.
Entre los puntos centrales de la impugnación se destacan: el incremento del volumen edilicio, expresamente prohibido para inmuebles con protección estructural; la sustitución de la cubierta original y modificación sustancial de las fachadas, que se extenderían en altura de 17,6 a 26 metros; la demolición total del interior del estadio, lo que implicaría la pérdida de su autenticidad y valor histórico, como también, la omisión de intervenciones obligatorias de órganos como el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP), el Consejo del Plan Urbano Ambiental (COPUA) y la Legislatura porteña.
El amparo se funda en la lesión a derechos de incidencia colectiva reconocidos por la Constitución Nacional (arts. 41 y 43), la Constitución de la Ciudad (arts. 14, 26, 27.2 y 32) y la Ley General del Ambiente (25.675). Se argumenta que el proyecto prioriza un criterio comercial —aumentar la capacidad de espectadores de 8.500 a 11.000— por encima de la preservación del patrimonio.
Además, se requirió una medida cautelar de no innovar para suspender inmediatamente la disposición administrativa y las obras, hasta que se resuelva el fondo de la cuestión. Adjuntaron, en ese sentido, un informe técnico del arquitecto Raúl Ricardo Seivane, que advierte sobre la “aniquilación irreversible” del bien patrimonial.
El caso, que pone en evidencia una vez más la tensión entre el desarrollo urbano y la conservación del patrimonio, quedó a cargo de la jueza porteña Natalia Tano, subrogante del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 5 de la Ciudad.
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