Así lo hizo este miércoles el Poder Ejecutivo bajo el decreto 725/2025; la normativa sancionada por el Senado en septiembre apuntar a mejorar la atención y reducir los daños evitables.
El Poder Ejecutivo promulgó la “Ley Nicolas” de Calidad y Seguridad Sanitaria N° 27.797 en el Boletín Oficial este miércoles bajo el decreto 725/2025. Fue sancionada el pasado 18 de septiembre por el Senado y tiene como finalidad asegurar el derecho a una asistencia sanitaria segura, “centrada en las personas y en las comunidades”.
En la Ley se estipulan presupuestos mínimos de la prestación de servicios de salud, la creación de un Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC) y la certificación de la capacidad profesional. Además crea un programa oficial para emitir un informe sobre condiciones de prácticas sanitarias a nivel nacional.
Dentro de los fundamentos esbozados en la presentación del proyecto de ley para su tratamiento en la cámara de diputados, se lee la necesidad de contar con un control efectivo para asegurar la calidad sanitaria e “impulsar la regulación de programas de gestión de riesgo con carácter obligatorio para todas las organizaciones de salud” y de todos los subsectores del sistema. Allí se menciona que “resulta necesario aumentar la fiscalización sobre la habilitación de los profesionales individuales, sus condiciones de trabajo y brindar mayores garantías sobre la calidad de la atención”.
En su artículo 4° la ley dispone el fomento de procedimientos para poder identificar y analizar riesgos relacionados con procesos sanitarios “que resulten en daños previsibles”, con la finalidad de reducir su incidencia futura en situaciones similares. Además promueve la creación de espacios de participación ciudadana en la estructura “orgánico-funcional” de las instituciones de salud, “para asegurar el acceso a los derechos de las personas”.
Respecto a la creación del Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC), la ley dispone su implementación para registrar eventos e investigación sobre hechos, en el marco del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA), creado en la resolución ministerial 1048/14. Esta herramienta deberá garantizar la confidencialidad de la información obtenida, de acuerdo a la ley 25.326 de protección de datos personales. El RUDEC tendrá que divulgar anualmente resultados de las investigaciones sanitarias realizadas mediante los canales más eficaces para incentivar el aprendizaje y la prevención.
Entre lo destacable del texto legal se menciona la obligatoriedad de las capacitaciones periódicas en materia de calidad y seguridad por parte de todo el equipo de salud. Las temáticas serán la legislación vigente y el acceso a la salud. Los programas de residencias también deberán contar con capacitaciones obligatorias.
La entrada en vigencia será a partir de los 180 días corridos de la fecha de su promulgación. Los gastos que demande la ley serán atendidos por el presupuesto general de la administración pública con destino al Ministerio de Salud de la Nación.
El decreto de promulgación lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de gabinete Guillermo Francos y el ministro de salud Mario Lugones.
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