• domingo 09 de noviembre del 2025
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Chubut: confirman el rechazó de un amparo colectivo que pedía la creación de nuevas cárceles

La acción iniciada por la Asociación Civil Usina de Justicia, que reclama además mantener debidas condiciones de seguridad y sanidad en las cárceles existentes, fue rechazada en primera instancia y confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia, que rechazó la acción de amparo colectivo contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de que el Servicio Penitenciario Federal construya nuevas cárceles y mantenga a las existentes en condiciones de seguridad y sanidad.

En primera instancia, se presentó una acción de amparo colectivo en busca de “proteger a las personas presas y así proteger a la comunidad toda y, particularmente, a las personas víctimas de delitos”. Sin embargo, el juez consideró que la acción no está relacionada con la protección de algún bien colectivo concreto, sino que se vincula a una cuestión de política criminal, ajena al ámbito de actuación del Poder Judicial de la Nación, resolviendo su rechazo.

A ello se agregó que, según el informe realizado por el representante de la Unidad Penitenciaria Nº 14 del Servicio Penitenciario Federal, en total se cuenta con 151 plazas, de las que 123 se encontraban ocupadas y 28 disponibles, además de las 28 nuevas que se estaban construyendo en ese momento. 

Ese pronunciamiento fue resistido por la asociación amparista quien se agravia y fundamenta que ese informe solo demostraba que al momento de librarlo no había sobrepoblación, pero su amparo no se basaba en “el momento actual” sino en toda la historia de las cárceles de la Nación.

Asimismo, sostiene que “es falso que su pretensión se encontrara ceñida a la Provincia de Buenos Aires, dado que el problema que acusa es multijurisdiccional”, además de remarcar que sus dichos no son meras conjeturas sino que “se advierte día a día en las noticias (de público y notorio conocimiento) donde vemos cómo delincuentes liberados de su detención en forma “anticipada” por la Justicia cometen nuevos delitos”, pidiendo que “la Justicia debe intervenir por la violación de los derechos constitucionales violados”.

La Cámara rechaza el recurso por considerar que la Asociación se dirigió únicamente contra la situación carcelaria de otras provincias, quedando limitada a la verificación y examen de la situación en la Unidad Nro. 14 de Esquel, única en el ámbito territorial del Juzgado de grado, respecto de la cual no se encontraron condiciones que fueran violatorias de los derechos humanos de la comunidad en general, ni de los internos del establecimiento carcelario en particular.

Por lo tanto, en ausencia de acto u omisión estatal que causen vulneraciones de derechos constitucionales, el Tribunal resuelve confirmar la sentencia que rechazó la acción.

 


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