• sábado 22 de marzo del 2025
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Zonas Frías: el gobierno reglamentó la ley que dispone descuentos en las tarifas de gas

La norma amplía el régimen tarifario de gas especial para las zonas de bajas temperaturas

El gobierno nacional reglamentó la ley que amplía beneficios para los usuarios residenciales del servicio de gas a través del decreto 486/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial. El texto lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

La iniciativa incorpora una reducción del 50 por ciento a los beneficiarios y beneficiarias de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), de pensiones no contributivas y jubilados -hasta cuatro salarios mínimos-, del monotributo social. El beneficio también alcanzará a los usuarios que perciben seguro de desempleo y de empleadas de casas particulares.

En su artículo 2° el decreto establece la creación del Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen De ZONA FRÍA. Los beneficiarios serán determinados de oficio por la Secretaría de Energía, siguiendo los “criterios de elegibilidad establecidos”. El organismo, en tanto Autoridad de Aplicación, recibirá las solicitudes de incorporación al Registro referido de los usuarios comprendidos en dichas zonas.

Asimismo, se establece que la Secretaría de Energía incorporará a los beneficiarios y las beneficiarias al Registro, remitirá mensualmente al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) el padrón de usuarios y usuarias residenciales beneficiarios y beneficiarias especiales del RÉGIMEN DE ZONA FRÍA e identificará aquellos y aquellas que se encuentran incluidos e incluidas en la categoría de usuarios y usuarias a los que se aplican cuadros diferenciales.

Accedé al decreto

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