Un fallo que rompe con el binarismo en materia de familia
El Poder Judicial de Córdoba declaró la inconstitucionalidad del impedimento de tener más de dos vÃnculos filiales, receptado en el Código Civil y Comercial.
La justicia le dio la razón a los médicos de la niña, que presentaron una demanda para solicitar la aplicación de las vacunas obligatorias según lo dispone la ley de salud pública.
Padres y madres de estudiantes reclamaban la inconstitucionalidad de las medidas que implementan centros de estudiantes y suplantan el uso de armas de fuego por simuladores. El juez las consideró razonables.
La medida se fundó en los reiterados incumplimientos del padre de un menor. Además de considerar el interés superior del niño, la jueza estimó que se ejercÃa violencia económica contra la madre.
Fue por un expreso pedido de la madre ante el cuidado que los mismos le brindaron a su hija de 7 años -sin filiación paterna- mientras ella se encontraba atravesando una dura enfermedad que, más tarde, terminó con su vida.
Con fundamento en el superior interés de la niña ratificó su estado de adoptabilidad y la guarda asignada a una pareja, pero encomendó al juez de primera instancia evaluar medidas para que pueda vincularse con su madre biológica.
A pesar de la clara voluntad de los menores de convivir con su padre, las instancias locales continuaban resolviendo a favor de la madre. La Corte ordenó el dictado de un nuevo fallo que respete el interés superior de aquellos.
Fue en la ciudad de Huinca Renancó, provincia de Córdoba, en el marco de una causa en donde se decidió otorgar la adopción plena de una menor de 7 años a quien se le explicó lo resuelto a través de un cuento representado por personas disfrazadas como personajes infantiles.
La Cámara Nacional de Casación Penal decidió que a pesar de que la acción penal para perseguir y sancionar al autor de delitos de Ãndole sexual se encuentre prescripta, subsiste el derecho de las vÃctimas a la determinación de la verdad.
El Tribunal de Casación provincial señaló que, en estos casos, aún cuando el imputado no será penado porque la acción se encuentra extinguida, debe garantizarse a la vÃctima su acceso a la justicia a efectos de determinar la veracidad o no de la imputación, obteniendo una reparación moral y publica.
Asà lo ordenó la jueza provincial Andrea Mariel Brunetti. También, le impidió la salida del paÃs y ordenó que se suspenda su licencia de conducir. La magistrada consideró que el incumplimiento trae aparejados actos de violencia económica y patrimonial, porque recarga el costo y tiempo de la crianza exclusivamente en la progenitora.
Asà lo decidió la jueza rosarina Andrea Mariel Brunetti. Consideró que si bien la normativa vigente no lo incluye entre los sujetos expresamente obligados, la enunciación no es taxativa y debe priorizarse el interés superior de la menor.