El juez Sebastián Casanello consideró acreditada la existencia de una organización delictiva que habría manipulado contrataciones de medicamentos de alto costo mediante compulsas “especiales”, sobreprecios y retornos indebidos dentro del Programa Federal Incluir Salud. El procesamiento abarca a otros ex funcionarios y personas del sector privado de la salud y laboratorios.
El titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 11, Sebastián Casanello, dispuso el procesamiento de Diego Spagnuolo —ex Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)— y de otros ex funcionarios y personas del sector actores privados por una presunta organización delictiva montada alrededor de las contrataciones del Programa Federal Incluir Salud.
La decisión atribuyó delitos de asociación ilícita, negociaciones incompatibles, defraudación contra la administración pública y cohecho, y ordenó embargos millonarios.
La causa se inició el 20 de agosto de 2025 a partir de una denuncia del abogado Gregorio J. Dalbón, apoyada en información periodística sobre un supuesto circuito de “cobro y pago de coimas” asociado a compras de medicamentos en el ámbito de la ANDIS. En adelante, la investigación fue delegada en la Fiscalía Federal N° 5 (a cargo de Franco Picardi) y avanzó con diversas medidas: allanamientos, intervenciones telefónicas, secuestro de documentación y peritajes sobre dispositivos electrónicos, entre otras.
La resolución de Casanello pone el foco en el Programa Federal Incluir Salud, creado en 2011 para garantizar asistencia médica —con arreglo al Programa Médico Obligatorio (PMO)— a beneficiarios de pensiones no contributivas que no cuenten con otra cobertura, incluyendo el financiamiento de prestaciones de alto costo y baja incidencia (PACBI).
Según la hipótesis fiscal que el juzgado dio por suficientemente acreditada a esta altura procesal, entre diciembre de 2023 y octubre de 2025 la ANDIS habría operado como “centro de operaciones” de maniobras ilícitas: “una ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados”, con procedimientos que no garantizaban principios de transparencia y concurrencia, y con pagos indebidos a funcionarios para asegurar la ejecución del esquema.
En ese marco, describió un mecanismo de contratación irregular apoyado en el aplicativo SIIPFIS (Sistema Integrado de Información y Administración de Prestaciones, implementado en la ANDIS en junio de 2024), mediante el cual se habrían manipulado compulsas de precios para beneficiar a determinadas droguerías y proveedores.
Lo más relevante: además de los procedimientos “generales”, se habría montado un circuito “especial” o paralelo, al que se invitaba a un grupo reducido de firmas, con supuesta “competencia aparente” mediante oferentes “pantalla” y con precios sustancialmente más altos.
La resolución agregó resaltó un dato particular: para consumar las gestiones en el sistema, se habría permitido la intervención directa de actores privados en el SIIPFIS “por medio de la entrega de permisos de usuarios pertenecientes a funcionarios públicos”, de manera que esos privados realizaran en forma directa trámites necesarios para concretar los ilícitos.
El expediente cuantifica que, a través de 21 compulsas “acotadas”, se confeccionaron órdenes de compra por $30.337.220.919,77, concentradas principalmente en cuatro empresas: Droguería Profarma SA, Droguería Génesis SA, Droguería New Farma SA y Droguería Floresta SA.
En cuanto a la dinámica de los sobreprecios, la resolución recoge comparaciones concretas entre procesos “grandes” y compras “acotadas” para medicamentos específicos, con diferencias porcentuales muy significativas. Por ejemplo, se describen contrastes sobre Pembrolizumab (Pembrox) con incrementos que, en ciertos casos, superan el 100% entre una compra y otra, y se detallan montos de presunto sobreprecio asociados a adjudicaciones a distintas firmas.
La decisión también lista medicamentos cuya compra se habría visto afectada por el esquema y por sobreprecios, entre ellos Burosumab (20 mg y 30 mg), Guselkumag 100 mg, Daratumumab 400 mg, Selexipag 0,2 mg, Epoprostenol 1,5 mg, Macitentan 10 mg y Abemaciclib 150 mg.
En el tramo resolutivo, el juzgado dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Diego Spagnuolo por negociaciones incompatibles, defraudación por administración fraudulenta agravada y cohecho pasivo (en concurso ideal), y además por asociación ilícita en calidad de jefe (en concurso real con los anteriores). Como medida cautelar patrimonial, ordenó un embargo por $202.828.725.464.
También procesó a:
- Diego Martín D’Giano: ex Director de Prestaciones Médicas de la ANDIS.
- Eduardo Nelio González: funcionario de la ANDIS, con funciones vinculadas a compras y luego a pensiones.
- Roger Edgar Grant: agente de la ANDIS, con tareas operativas en el sistema SIIPFIS.
- Lorena Vanesa Di Giorno: funcionaria de la ANDIS (área vinculada a insumos/prestaciones).
- Federico Maximiliano Santich: empresario vinculado a firmas proveedoras.
- Andrés Horacio Arnaudo: socio y responsable de Droguería Génesis S.A.
- Patricio Gustavo Rama: socio de Droguería New Farma S.A.
- Silvana Vanina Escudero: socia de Droguería New Farma S.A.
- Alejandro Gastón Fuentes Acosta: titular de Droguería Floresta S.A.
- Luciana Ferrari: médica con desempeño en el sector privado (laboratorios), con vínculos con funcionarios.
- Guadalupe Ariana Muñoz: vinculada a la operatoria privada investigada.
- Patricia Canavesio: asistente administrativa de Miguel Calvete.
- Ruth Noemí Lozano: vinculada a la gestión administrativa privada.
- Ornella Calvete: vinculada a Miguel Ángel Calvete (hija), con imputación por su presunta participación auxiliar.
- Julio César Viera: chofer y asistente de Miguel Ángel Calvete.
La resolución dedica un desarrollo amplio a los descargos. En el caso de Spagnuolo, consigna que negó los hechos, hizo referencia al dinero hallado en una caja de seguridad y cuestionó audios incorporados a la causa —entre ellos uno referido a un reclamo de “cinco millones de pesos para ir a Israel”—, sosteniendo además que no tenía acceso operativo al SIIPFIS ni competencia funcional directa sobre la selección de proveedores.
Aunque el juzgado no dictó prisión preventiva para la mayoría, mantuvo medidas de coerción: en particular, la prohibición de salida del país y la obligación de entregar documentos de viaje, valorando la gravedad de los hechos y la existencia de maniobras de eliminación de prueba.
Además, la resolución deja abierta la continuidad de la pesquisa: menciona la existencia de “motivo bastante” para sospechar la intervención de otras personas que podrían ser citadas a indagatoria, y anticipa que corresponde convocar en los términos de la Ley 27.401 a las personas jurídicas que habrían resultado beneficiarias de los hechos de corrupción investigados, incluyendo a las droguerías señaladas.
Datos de la causa:
Autos: “Spagnuolo, Diego Orlando y otros s/ Defraudación por Administración Fraudulenta y otros”
Expediente: CFP 3402/2025
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