Las provincias tendrán la potestad de aplicar las restricciones nocturnas, de acuerdo al riesgo epidemiológico de cada jurisdicción teniendo en cuenta las variables de razón e incidencia de casos.
Una nueva etapa en las restricciones sanitarias.
Lo anunció el gobierno debido al aumento de casos de covid-19, junto a una serie de restricciones que rigen desde hoy.
El jefe de gabinete bonaerense, Carlos Bianco, anunció ayer las nuevas restricciones y medidas que tomará el gobierno provincial, ante el aumento progresivo de casos de coronavirus y la llegada de la segunda ola de la pandemia.
La acción fue iniciada por un abogado particular en la Justicia Federal porteña, que refirió que la iglesia es el "único lugar sagrado" donde puede profesar libremente su culto.
Lo hizo Patricia Bullrich, en su carácter de presidenta del Consejo Directivo. La causa tramita ante el fuero federal.
Una decisión de la Cámara Contencioso Administrativo de La Plata en una demanda de un grupo de padres.
Se trata de una acción promovida por la Cámara de Empresarios de Discotecas y Entretenimiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CEDEBA) contra el Estado nacional.
La entidad cuestiona las normas que limitan la actividad de sus afiliados.
La Justicia Nacional consideró que como el DNU cuestionado no está vigente y que ya se encuentra ingresado en el Congreso de la Nación el proyecto de ley para regular las medidas sanitarias, el recurso de casación había devenido abstracto.
El máximo tribunal penal compartió la opinión de que las restricciones nocturnas impuestas por el Poder Ejecutivo son razonables y que tienen en miras garantizar la salud de la población entera, algo que va por encima de las situaciones personales. Lo hizo al declarar mal concedido el recurso de casación en el marco de una acción de hábeas corpus.
Se publicó en el Boletín Oficial el nuevo DNU con la restricción a la circulación desde el 22 al 30 de mayo y por los días 5 y 6 de junio.
Se establece la prórroga de las medidas de prevención para disminuir el contagio de COVID-19, la sanción ante el incumplimiento y la emisión del informe de la situación epidemiológica y sanitaria en la provincia
La medida permite el desarrollo de los encuentros futbolísticos previstos por Copa Libertadores y Copa Sudamericana para esta semana, así como los entrenamientos de atletas profesionales.
En particular, se atacó la suspensión de las actividades de casinos, bingos, discotecas, salones, clubes, gimnasios, entre otros.
El imputado circulaba por la vía pública en horario nocturno sin autorización o permiso habilitante y sin poder dar explicaciones razonables.
La jueza Marra Giménez consideró que la cautelar buscaba suspender la vigencia del DNU de restricciones sanitarias, algo que coincidía con el fondo de la acción de amparo iniciada.
El máximo tribunal falló en el mismo sentido que propuso el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.
El juez Cormick entendió que no había un "caso judicial".
La demanda no cuestiona la restricciones para el ingreso al país establecidas por el Poder Ejecutivo nacional, sino la incertidumbre generada por la cancelación de vuelos por la empresa. La decisión judicial obliga a la empresa a reprogramar el vuelo y brindar toda la información indispensable que permita a los viajeros conocer de manera cierta y concreta sobre su regreso.
En particular, buscaban la reanudación de las actividades de casinos, bingos, discotecas, salones, clubes, gimnasios, entre otros.
Una decisión del juez federal Martín Cormick en una causa iniciada por una asociación del sector.
Una decisión de la Justicia Federal de Mendoza.
La medida alcanza a las entidades regidas por la ley 24.146 y regirá hasta el 31 de diciembre de 2023.
Se cumple un nuevo aniversario del precedente en el cual la Corte Suprema tuvo oportunidad de observar la constitucionalidad de las restricciones establecidas por el gobierno al ingreso de ciudadanos a la provincia del noroeste.
Lo había realizado el padre de una menor, que requirió se lo habilite a comprar mensualmente €350 a valor oficial para pagar la suma acordada con la madre de su hija que vive en Italia. Consideraron que no existe un derecho a la compra de moneda extranjera.
El Ministerio de Seguridad Nacional publicó la Resolución 321/2025 donde expone que prohibirá el ingreso a los estadios para aquellos que impidieran el tránsito o afectasen la seguridad en la vía pública.
Se trata de 26 de los 114 manifestantes que habían sido liberadas por la jueza Karina Andrade. El Gobierno les aplicó la “Restricción de Concurrencia Administrativa” a espectáculos deportivos por tiempo indeterminado.
La medida está fundada en la Ley 6.771 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en diciembre pasado