La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires condenó al Banco Galicia por los daños ocasionados en ocasión de un asalto en un cajero automático a una consumidora de caja de ahorro y cuenta corriente de la entidad bancaria.
Para la justicia federal, además de la situación económica de las empresas, debe tenerse presente que la aplicación de múltiples condenas a un mismo demandado por la defectuosa prestación del servicio podría llevarlo a la quiebra.
El fallo responsabilizó a la empresa por daño moral y punitivo por el mal funcionamiento de una línea telefónica en José León Suárez
Por un engaño telefónico, un jubilado otorgó información personal a una persona que solicitó un préstamo, un adelanto de haberes y efectuó transferencias desde su cuenta bancaria. El Banco es condenado porque el sistema de protección resultó insuficiente, aplicándole daños punitivos.
El fallo impuso a la empresa Transporte 25 de Mayo una multa de $851 mil
La Empresa Edenor S.A deberá resarcir por daño punitivo a una usuaria del servicio de energía eléctrica a raíz de un incendió producido en su propiedad debido a una sobrecarga en la tensión.
Deberá indemnizar al grupo familiar que perjudicó con su negativa.
La Justicia justificó la procedencia del daño punitivo en la actitud por parte de la empresa de manifiesta "indiferencias" y despreocupación hacia los derechos o intereses de tres usuarios, poniendo de resalto su conducta descalificable, imprudente y negligente.
Con la aprobación de la ley de presupuesto 2023 se actualizó el monto máximo aplicable a la multa civil prevista en la ley de defensa de consumidor, pasando de 5 millones de pesos a más de 300 millones a la fecha de su aprobación
Fue a raíz de que un cliente desconociera una serie de operaciones realizadas desde su cuenta. El juez Carlos Catoggio, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N°25 de La Plata, consideró que hubo una desatención por parte de la entidad bancaria porque no desplegó medidas de seguridad adecuadas a fin de evitarlo.
La Justicia Platense condenó a abonar daño moral y daños punitivos a una compañía de asistencia al viajero por no reconocer los gastos de aéreos y hotelería a un pasajero que demoró su regreso de un viaje por un problema de salud y acreditarse su falta de cooperación.