Así lo decidió la Corte Interamericana en el caso de los magistrados Carlos Fernández Gadea y Bonifacio Ríos Avalos, removidos a través de un juicio político en el año 2003. Según expresó el tribunal, el juicio se basó exclusivamente en el cuestionamiento a sentencias emitidas como jueces del máximo tribunal de ese país.
Así lo estableció el decreto 402/2022 que reglamentó a la ley 27.159
La matanza se realizó en 2013, mediante la colocación de cebos que contenían un producto tóxico. La justicia remarcó el derecho de los animales no humanos a la conservación de su integridad física y psíquica.