Así lo resolvió al confirmar una sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia. La decisión lleva la firma de los cuatro ministros del Máximo Tribunal.
Según el Máximo Tribunal, es ilegítimo y contrario al artículo 17 de la Constitución Nacional el cobro de una tasa municipal que no individualiza concretamente cuál es el servicio o prestación estatal que sirve de causa a la obligación tributaria.
En un plenario de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil determinó que la justicia gratuita tiene los mismos alcances que el beneficio de litigar sin gastos