También se intimó a Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA) a que en el término de sesenta días determine -junto al Poder Ejecutivo- el inicio y plazo de ejecución del Proyecto de Tratamiento y Disposición Final de los Líquidos Cloacales de las ciudades de La Plata, Berisso y Ensenada.
Se trata de una excepción a la prohibición que rige desde 2011 en la cuenca. La propuesta fue impulsada por el Ministerio de Turismo de Nación y el Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires.
La Corte requirió a la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo a que en el plazo de 30 días informe el grado de avance del saneamiento de la cuenca.