Lo dispuso la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, al confirmar la resolución de primera instancia. El actor había acompañado la documentación en formato papel, pero no realizó la carga en el Sistema Lex 100.
Lo realizó ponderando los requisitos establecidos convencionalmente en materia de género y jerarquizando la prueba testimonial única que había sido la desencadenante de la absolución del imputado.
Reiteró el criterio de que daña al sistema electoral ciudadanos que se presentan a candidatos sin vocación real de asumir los cargos en caso de resultar electos.