Se trata de la sentencia donde el máximo tribunal de la Ciudad rechazó un amparo y definió que el Poder Ejecutivo no tiene la obligación de proveer vacantes en el nivel inicial no obligatorio del sistema educativo de gestión pública para todo aquél que lo solicite.
Se trata de un planteo para recusar a la jueza a cargo de la causa. La Cámara Nacional había rechazado el recurso de inconstitucionalidad por considerar que el mismo no está previsto en el Código, pero el TSJ sostuvo que él es el órgano superior en las causas que tramitan ante la justicia nacional ordinaria.
El dictamen firmado por el Procurador Casal sostiene que hasta tanto no se transfieran las competencias judiciales a la Ciudad, la Corte Suprema es la única legitimada para revisar sentencias de tribunales nacionales con asiento en la Ciudad.
Se da luego de que el Tribunal Superior de Justicia verificara el cumplimiento de la presentación de firmas del 1,5% del padrón electoral requerido para el tratamiento en la Legislatura.
Es la primera oportunidad que un proyecto llega a través de este mecanismo al recinto de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.