Se trataba de una medida que garantizaba la exhibición de películas nacionales en salas comerciales del país.
La medida publicada en el Boletín Oficial permite usufructuar películas, canciones y otras representaciones artísticas en ámbitos privados sin pagar el uso de la propiedad intelectual.
La resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial indica que el monto económica no podrá exceder el 25% del presupuesto total presentado por cada evento o el 5% de la partida presupuestaria del Instituto. Conocé los detalles.