Así lo resolvió la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, la cual resaltó que el reconocimiento de la filiación es declarativo por lo que tiene efecto retroactivo al momento de la concepción.
La titular del Juzgado de Familia n°11 de General Roca resolvió desplazar el vínculo filial del padre biológico de una niña y emplazar la paternidad adoptiva simple de quien la cuidó y estuvo presente toda su vida