El máximo tribunal revocó una sentencia que no valoró el arrepentimiento ni el progreso llevado a cabo por un joven durante el encierro.
Lo decidió la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, por considerar que el juez Gustavo Lleral no agotó las medidas probatorias para esclarecer la muerte de Santiago Maldonado y que se apartó de lo ordenado por la cámara al decretar el sobreseimiento.
El Máximo Tribunal dejó sin efecto una decisión de la Corte bonaerense que confirmó una pena de prisión de 9 años cuando en primera instancia se había sido condenado al menor a 3 años de prisión. Para ello, recordó que el precedente “Maldonado” y ratificó que las sanciones a adolescentes deben apuntar a la resocialización y a su reintegración en la sociedad.