Así lo resolvió la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, la cual resaltó que el reconocimiento de la filiación es declarativo por lo que tiene efecto retroactivo al momento de la concepción.
Dos mujeres imposibilitadas de llevar adelante la gestación y de aportar óvulos solicitaron la autorización judicial para llevar adelante la práctica de gestación por sustitución.
En aplicación restrictiva del Código Civil y Comercial, la mayoría del Tribunal no hizo lugar al reclamo de una pareja que pretendía ser declarada como progenitores del niño dado a luz mediante gestación por sustitución. La gestante manifestó su intención de no ser madre.
Un repaso por las sentencias más relevantes del Máximo Tribunal durante el 2024.