La decisión afirma que la Ley de Migraciones no establece la obligación de proporcionar asistencia letrada de forma previa a la decisión de expulsión del territorio nacional. El juez Rosenkrantz votó en disidencia.
Entendió que se había ocasionado un exceso jurisdiccional en contra de los poderes y funciones legalmente atribuidos a SENASA, al determinar la cantidad de inspecciones y monitoreos que debía realizar.
Entendieron que se omitió considerar la sanción administrativa impuesta contra un policía de la comisaría por su actuación negligente, a la hora de resolver el planteo de la supuesta "falta de servicios" del Estado provincial.