Se trata de un planteo para recusar a la jueza a cargo de la causa. La Cámara Nacional había rechazado el recurso de inconstitucionalidad por considerar que el mismo no está previsto en el Código, pero el TSJ sostuvo que él es el órgano superior en las causas que tramitan ante la justicia nacional ordinaria.
El dictamen firmado por el Procurador Casal sostiene que hasta tanto no se transfieran las competencias judiciales a la Ciudad, la Corte Suprema es la única legitimada para revisar sentencias de tribunales nacionales con asiento en la Ciudad.
Se trata de tres personas que se encontraban en el extranjero y que ya pudieron regresar al país.
La decisión consideró que la valoración de la prueba por los jueces de primera instancia fue arbitraria y criticó la intervención inquisitiva en los interrogatorios de los testigos, alejándose de la imparcialidad exigida a los tribunales.