Entró en vigencia esta tarde en un Suplemento del Boletín Oficial. Solo tiene una observación sobre los derechos de exportación de hidrocarburos.
El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que no se encuentran tipificadas en el caso las circunstancias de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta para la procedencia de la acción.
En ese sentido, la jubilación mínima llegaría al monto de 16.864 pesos.
Con fundamento en la realidad impuesta por la pandemia y las variaciones económicas, convino necesario postergar la medida dispuesta por la Ley de Solidaridad N° 27.541. A su vez, extendió por el mismo plazo el labor de la Comisión creada al efecto, para adecuar una fórmula jubilatoria basada en la solidaridad y la redistribución.