Conforme a las facultades del art. 316 de la Ley N° 27.430, el Gobierno reordenó modificaciones gramaticales.
Según el Decreto 824/2019, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional reorganizó la Ley N° 27.430 de Impuesto a las Ganancias. En virtud del artículo 316 de la presente ley, el Gobierno tiene la potestad para “ordenar las leyes tributarias y aquellas que rigen su procedimiento como así también el Código Aduanero, sin introducir en su texto modificación alguna, salvo las gramaticales indispensables para su ordenamiento.”
Teniendo en cuenta que Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y siguientes, ha sido fruto de reiteradas modificaciones desde el dictado del Decreto N° 649 del 11 de julio de 1997 que aprobara su último ordenamiento, el Poder Ejecutivo consideró la necesidad de “establecer un nuevo texto ordenado a fin de facilitar su consulta y aplicación.”
La norma se estructura, a partir de su adecuación, en 9 títulos referidos a: Título I, Disposiciones generales (art. 1 a 43) ; Título II, Categoría de ganancias (art. 44 a 82); Título III, de las deducciones (art. 83 a 93); Título IV, Tasas del impuesto para las personas humanas y sucesiones indivisas y otras disposiciones (art. 94 a 101); Título V, Beneficiarios del exterior (art. 102 a 104); Título VI, Ajuste por inflación (art. 105 a 109; Título VII, Otras disposiciones (art. 110 a 115); Título VIII, Ganancias de fuente extranjera obtenidas por residentes en el país (art. 116 a 179); y Título IX, Disposiciones transitorias (art. 180 a 194).
En el Anexo I de la presente norma se estipula el texto ordenado de la Ley, y a su vez, en el Anexo II, se elabora un índice del ordenamiento en 2019, donde también, se detallan las disposiciones que se excluyeron de la reorganización.
Accedé al Decreto 824/2019 y los anexos pertinentes.