• jueves 18 de abril del 2024
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La Corte Suprema desestimó el pedido de aclaratoria en la causa de reducción de IVA y del Impuesto a las ganancias

Rechazó la solicitud realizada por el Estado Nacional ante el pronunciamiento de la CSJN en la que había resuelto que la reducción de IVA e Impuesto a las ganancias no pueden afectar los fondos coparticipables de las provincias.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con los votos de los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Luis Lorenzetti y Horacio Rosatti, desestimó el pedido de aclaratoria interpuesto por el Estado Nacional ante el pronunciamiento de la Corte respecto a las medidas cautelares dictadas el pasado 1 de octubre de 2019.

El máximo Tribunal había ordenado que la reducción de IVA y del Impuesto a las ganancias, mediante los decretos n° 561/19 y n° 567/19, sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional sin afectar la coparticipación de las provincias. Ante dicha decisión, el Gobierno solicitó un pedido de aclaratoria para que la CSJN revea el pronunciamiento, fundado en la “dificultad” por parte del Estado Nacional para afrontar la implementación de la medida cautelar dictaminada.

La Corte desestimó el pedido de aclaratoria porque consideró que en su demanda el Gobierno no logró explicar la “supuesta complejidad” o “dificultad” para implementar la medida dictaminada por la Corte. Además, el máximo Tribunal determinó que “al dictar los decretos cuestionados, el Poder Ejecutivo debió cuantificar sus costos y tener en cuenta sus efectos.”

También, argumentó que el remedio solicitado debe ser rechazado porque las decisiones de la Corte Suprema no son, en principio, susceptibles de recurso alguno si no se configuran circunstancias excepcionales que lo ameriten.

Por último, la Corte Suprema de Justicia resolvió que era improcedente la audiencia pública solicitada por el Gobierno en el marco de una solicitud de aclaratoria. Sin embargo, expresó que el rechazo no impide “el diálogo de institucional de las partes” para el cumplimiento de sus fines.

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