• viernes 29 de marzo del 2024
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Salta: la Justicia ordenó medidas para perforar el "techo de cristal" en el Servicio Penitenciario

La jueza Victoria Mosmann hizo lugar parcialmente a un amparo colectivo y dispuso que se realicen distintas acciones para eliminar los obstáculos que impiden el acceso de las mujeres a los cargos jerárquicos.

La jueza de primera instancia de Salta, Victoria Mosmann, hizo lugar parcialmente a una acción de amparo colectivo y le ordenó a la Provincia a adoptar medidas de acción positiva para que se establezca el cupo femenino en los cargos de la plana mayor del Servicio Penitenciario Provincial. 

La acción la presentó Yone Mabel Farfán y el Foro de Mujeres por la Igualdad de Oportunidades en defensa de los derechos de las mujeres que se desempeñan en el Servicio Penitenciario de Salta con el objetivo de que no se sigan ejecutando actos de discriminación y de violencia de género. 

En el escrito explicaron que existe un “techo de cristal” que sistemáticamente les impide a las mujeres ascender a los grados más altos de la jerarquía, como así también acceder a los cargos de Plana Mayor y a los órganos de conducción. 

Cabe tener en cuenta que la Ley Órgánica del Servicio Penitenciario N°5639 regula la Plana Mayor, que es un órgano técnico compuesto por distintos organismos, representados por ocho personas, que brindan asesoramiento y orientación al Director General. 

Asimismo, sostuvieron que en los cargos de mayor jerarquía sólo uno está ocupado por una mujer y  describieron distintas irregularidades administrativas que colocan a este colectivo en una situación de desigualdad. 

La magistrada destacó que al momento de presentarse la demanda el Servicio Penitenciario de la Provincia contaba con un plantel de 749 mujeres cumpliendo funciones, lo que representa el 25,19% del total de los agentes penitenciarios. Asimismo, indicó que nunca una mujer se había desempeñado en los cargos de Directora General o Subdirectora del Servicio Penitenciario y que hasta el mes de diciembre de 2019 no existía personal femenino que detentase el grado de prefecto, ni de prefecto mayor. 

“Es evidente que el problema no es el denominado suelo pegajoso (sticky floor) que dificulta el acceso a los primeros niveles de carrera, sino que -tal como lo reclaman las actoras-, es el acceso a los puestos más altos en la carrera del Servicio Penitenciario, esto es la Plana Mayor, lo que se ve obstaculizado para las trabajadoras del Servicio Penitenciario ya que se encuentran ocupados por hombres exclusivamente”, explicó. 

Asimismo, analizó la normativa nacional e internacional en materia de género y enfatizó que es obligación de los poderes del Estado “evitar que las normas sólo sean una declaración contenida en un papel” y que deben remover los obstáculos que impiden la efectividad de la igualdad en general y de género en particular. 

La jueza retomó los argumentos del precedente “Sisnero” que al referirse a la realidad local sostuvo que “afloran prejuicios de origen medieval” y destacó que resulta necesario incorporar de modo estructural una perspectiva aún hoy inexistente en el Servicio Penitenciario, “perforando el techo de cristal existente, modificando las prácticas cotidianas hacia dentro del sistema para con las internas y con las agentes penitenciarias, y hacia afuera para con las víctimas y los familiares de todos las y los penados”. 

En consecuencia, ordenó adoptar medidas colectivas de acción positiva “para perforar el techo de cristal que impide el acceso de las mujeres a los cargos de la Plana Mayor del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta”. 

Accedé al fallo. 

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